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Cualquier persona, sin acreditar interés alguno o justificar su utilización, podrá solicitar, por medios electrónicos u otro medio, información ante las Unidades de Acceso a la Información Pública. Es una de las atribuciones de la Unidad de Acceso, recabar y difundir la información pública a que se refiere el Art. 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Pública. DA CLIC EN LA IMAGEN SI DESEAS REALIZAR UNA SOLICITUD DE INFORMACIÓN Nota: Archivos que se encuentran dentro de página están en PDF. |
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I. Leyes y Reglamentos | |
III. Directorio de Servidores Públicos | |
IV. Tabulador | |
V. Premios y Estimulos N/A | |
VI. Gastos de Viaticos | |
VII. Domicilio de la UAIP | |
VIII. Metas y Objetivos | |
IX. Servicios que Ofrecen XVIII.- Los informes de actividades. | |
X. Cuenta Pública | |
XI Destinatarios de Entrega de Recursos | |
XII. Enajenaciones de Bienes N/A | |
XIII. Programas de Subsidio | |
XIV. Resultados Finales de Auditorias | |
XV. Reglas para otorgar concesiones, licencias y permisos | |
XVI. Padron Inmobiliario y Mobiliario | |
XVII. Listado de Contratos | |
XIX. Documentos en que consten las cuentas públicas | |
XXI. Resoluciones de los Organos Juridiccionales. N/A | |
XX.Solicitudes |